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Prescripción adquisitiva de dominio

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¿Qué es la prescripción adquisitiva de dominio?

Toda persona que haya poseído un bien inmueble de manera pacífica, pública, continua y como propietario puede reclamar el título de propiedad del bien.

Requisitos

Solicitud escrita debidamente suscrita y firmada por los solicitantes y autorizada por abogado hábil.
La solicitud deberá contener lo siguiente:

  1. Indicación precisa de la fecha y forma de adquisición, así como del tiempo de posesión.
  2. Nombre y dirección del titular registral, de ser el caso.
  3. Nombre y dirección de su inmediato transferente.
  4. Nombre y dirección de los propietarios u ocupantes de los predios colindantes.
  5. Copia literal de la partida registral del inmueble que va a ser materia de la prescripción adquisitiva.
  6. Certificación municipal de la persona que figura en sus registros como propietaria o poseedora del bien o los originales de los recibos de autoavalúo pagados de los últimos diez (10) años que sustentan la ocupación del inmueble.
  7. Recibos pagados de luz, agua y teléfono de los últimos diez (10) años.
  8. Si el terreno está edificado presentar documentación para regularizar la inscripción de fábrica, otorgado por Ingeniero Civil o Arquitecto Verificador registrado en SUNARP.
  9. Declaración testimonial de no menos de 3 ni más de 6 personas, mayores de 25 años de edad, preferentemente vecinos u ocupantes de los inmuebles colindantes del predio.
  10. Copia simple de documento de identidad del solicitante.

IMPORTANTE

  • La Solicitud debe ser presentada ante notario de la provincia donde se ubica el inmueble.
  • Tratándose de ciudadanos peruanos deben contar con el sello de la última votación, la dispensa o el pago de multa según sea el caso y pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
  • Tratándose de intervinientes a partir de 75 años de edad, deberán presentar certificado médico otorgado por neurólogo, psiquiatra o geriatra, que dé cuenta del buen estado de salud físico y mental del paciente, con una expedición no mayor a 30 días.
  • Los documentos expedidos por Registros Públicos deben tener una vigencia no mayor a 30 días.
  • La procedencia del trámite estará sujeto a la evaluación de los documentos presentados.

Plazo aproximado del trámite: 4 meses

Av. Paseo de la República 3046
San Isidro, Lima 27

notaria@notariafernandini.com

+01 315 4100

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